Normas éticas

 

Responsabilidades Éticas

 

Para RIDU es fundamental la integridad de nuestro contenido académico y proceso de publicación. En este sentido RIDU promueve las buenas prácticas en investigación basada en los lineamientos y recomendaciones del código establecido por el Comité de Ética para Publicaciones (COPE, https://publicationethics.org/guidance).

Por lo tanto, en este documento se describen los estándares de comportamiento ético esperados en el acto de publicación por parte del autor del artículo. 

 

1) Responsabilidades de los autores

 

  • Normas de informes

En los artículos originales, los autores deben presentar una descripción precisa del estudio realizado, así como una discusión objetiva de su importancia. Asimismo, en los manuscritos se debe representar con precisión los datos subyacentes y debe contener suficientes detalles y referencias que permita que otros investigadores reproduzcan el trabajo. Las declaraciones fraudulentas o deliberadamente inexactas constituyen un comportamiento poco ético y son inaceptables (ver estándares 5.01a y 8.10a del Código de Ética de American Psychological Association, APA, enmiendas 2010 y 2017). 

En los artículos de revisión y otras contribuciones profesionales también deben ser precisos y objetivos. Los trabajos editoriales de opinión deben identificarse claramente como tales.

  • Acceso y conservación de datos 

Se puede solicitar a los autores que proporcionen los datos, códigos y otros materiales que respaldan su investigación para revisión editorial. Los autores deben conservar (durante un tiempo razonable después de la publicación) registros precisos de la evidencia de respaldo, y proporcionar acceso a esta evidencia, para permitir que otros investigadores comprendan, verifiquen y repliquen las conclusiones del estudio mediante un segundo análisis. Conforme se sostiene en el estándar 8.14, compartir datos de investigación para verificación, del Código de Ética de American Psychological Association (APA, enmiendas 2010 y 2017).

  • Autoría del artículo

La autoría de los artículos presentados corresponde a aquellos que han hecho una contribución significativa a la concepción, diseño, ejecución, procesamiento o interpretación de la investigación que se informa en el artículo. Además, todos aquellos que hayan realizado contribuciones sustanciales deben figurar como coautores. Las contribuciones menores a la investigación o a un artículo para publicación, se reconocen según corresponda, ya sea en forma de notas a pie de página o en una comunicación introductoria. Los créditos de publicación (Estándar 8.12) son normados en el Código de Ética de American Psychological Association (APA, enmiendas 2010 y 2017). 

En casos de coautoría, el autor que presenta el artículo debe declarar explícitamente y en común acuerdo, los nombres de todos los autores y el orden en el que éstos aparecerán en el manuscrito. Asimismo, todos los autores deben haber aprobado la versión final del documento y dar su consentimiento para el envío y publicación del artículo en RIDU, previa evaluación (ver carta de autorización de publicación y distribución). 

RIDU se suscribe a los lineamientos establecidos y emergentes de las organizaciones vinculadas a la publicación, que favorecen la transparencia en la autoría (por ejemplo, ORCID, COPE, DORA). 

Para mayor información, el Comité de Ética para Publicaciones (COPE) proporciona recursos sobre autoría y disputas de autoría. En ese sentido, RIDU promueve las buenas prácticas en investigación, basadas en normas éticas de publicación entre todos los colaboradores. Es por ello que los autores, el Editor y los miembros del Comité Editorial y Científico, deberán estar alertas a posibles faltas en la ética. 

  • Responsabilidad 

Los autores se responsabilizan del contenido del manuscrito para garantizar que las preguntas relacionadas con la precisión o integridad de cualquier parte del trabajo se investiguen y resuelvan adecuadamente. 

  • Originalidad y reconocimiento de las fuentes 

El autor deberá desarrollar investigaciones originales y dar crédito a los autores de cuya fuente extrajo información, presentando adecuadamente las citas y referencias en su trabajo (ver declaración de originalidad). 

Asimismo, el artículo no incluye material original copiado de otros autores sin su consentimiento. En caso el artículo contenga material de otros autores, se debe indicar claramente el consentimiento de éstos para su reproducción electrónica. 

Los investigadores no presentan como propios partes del trabajo o datos ajenos (Estándar 8.11, plagio, del Código de Ética de American Psychological Association, APA, enmiendas 2010 y 2017). Hacerlo constituye Plagio; basado en el Código de Ética en la Investigación Científica de la UPC, el plagio es presentar ideas de otros como si fueran propias, independientemente de la intención de engañar. Es una práctica indecente e inaceptable en la investigación científica y una violación a la integridad académica. 

El plagio incluye: 

  • Citar textualmente ideas de otra persona sin el debido reconocimiento de la fuente. 

  • Parafrasear ideas de otra persona cambiando algunas de las palabras, o el orden de éstas, sin el debido reconocimiento de la fuente. 
  • Cortar y pegar información obtenida de diversas fuentes online y combinarlos para que parezca una creación original. 

  • Enviar el trabajo de otra persona como si fuera propio. Por ejemplo, no reconocer la contribución de uno o más autores en un proyecto conjunto; o incluso, en complicidad con una persona que ha realizado contribuciones sustanciales al trabajo, no declararlo como autor porque tiene impedimento para figurar como tal (contribución oculta). 

El plagio puede ocurrir con cualquier tipo de fuentes y medios: 

  • Texto, ilustraciones, citas musicales, fórmulas matemáticas, código de computadora, entre otros. 

  • Material descargado de sitios web o extraído de manuscritos u otros medios. 

  • Material publicado y no publicado, incluye conferencias y documentos de otros autores. 

  • La información obtenida de forma privada, como en una conversación, correspondencia o discusión con terceros. 

El editor, los miembros del comité científico nacional e internacional y el autor mantienen una actitud de alerta frente a posibles malas prácticas y siguen de forma estricta las normas éticas en el proceso de publicación. La detección de plagio (parcial o total) en el artículo revisado conlleva al rechazo automático del manuscrito y dependiendo de la gravedad se tomarán las acciones detalladas en el apartado 7. Si se descubre plagio después de la publicación, seguiremos nuestra guía descrita en la sección Retracciones, correcciones y expresiones de preocupación de estas pautas. 

  • Publicación duplicada o redundante (autoplagio) 

Enviar el mismo manuscrito (o uno que describan la misma investigación) a más de una revista de publicación primaria al mismo tiempo constituye un comportamiento poco ético y es inaceptable (ver estándar 8.13, publicación duplicada de datos, del Código de Ética de American Psychological Association, APA, enmiendas 2010 y 2017). La publicación redundante o autoplagio ocurre cuando un manuscrito o partes sustanciales de éste, es publicado en más de una revista sin una referencia cruzada adecuada o justificación para la superposición. Se considera publicación redundante incluso si una de las versiones del manuscrito estuviera en un idioma diferente. 

En RIDU no se acepta publicaciones duplicadas o redundantes, excepto si considera que editorialmente fortalecerá el discurso académico, refleja los mismos datos e interpretación del documento primario, se cuenta con la aprobación de la publicación original y, se incluye la cita de la fuente original. 

No se considera publicación redundante si la descripción del estudio ha sido publicada, previa o posteriormente al artículo original, en forma de resumen o como parte de una conferencia o tesis académica publicada o como una preimpresión electrónica. 

Esperamos que los lectores, revisores y editores reporten cualquier sospecha de publicación duplicada o redundante, contactando al editor o enviando un correo electrónico a [email protected] 

  • Declaración de conflicto de intereses 

Los conflictos de intereses son situaciones en las que se puede percibir que intereses ajenos a la actividad científica o editorial (del autor o cualquier otra persona que interviene en el proceso de publicación de un artículo) ejercen una influencia indebida en la presentación, revisión y publicación de un manuscrito. Estos conflictos de intereses pueden ser de naturaleza financiera, no financiera, profesional, contractual o personal. 

Los autores que presenten un manuscrito a RIDU deben declarar cualquier posible conflicto de intereses que pueda interferir con la objetividad o integridad de una publicación (Declaración de financiación y conflictos de intereses). Deben divulgarse todas las fuentes de apoyo financiero para la realización de la investigación o preparación del artículo, al igual que la función del patrocinador, si corresponde, en el diseño del estudio; en la recopilación, análisis e interpretación de datos; en la redacción del informe; y en la decisión de enviar el artículo para su publicación. Si la fuente de financiación no tuvo dicha participación también se debe indicar en el manuscrito. 

Los ejemplos de posibles conflictos de intereses que deben divulgarse incluyen empleo, consultorías, propiedad de acciones, honorarios, testimonios de expertos pagados, solicitudes / registros de patentes y subvenciones u otros fondos. 

Esperamos que cualquier persona que sospeche de un conflicto de intereses no declarado con respecto a un artículo publicado en RIDU, informe al editor de la revista enviando un correo electrónico a [email protected] 

  • Notificación de errores fundamentales 

Los autores que descubren un error importante o inexactitud en su artículo publicado deben informar al editor de la revista y proporcionar la información necesaria para corregir el documento si el editor lo considera pertinente. En el Estándar 8.10b del Código de Ética de American Psychological Association (APA, enmiendas 2010 y 2017), se declara que los investigadores están obligados a tomar las medidas necesarias para corregir errores significativos que hayan descubierto en sus datos publicados. 

Si un tercero informa al editor sobre la existencia de errores en un manuscrito publicado, es obligación del autor de dicho documento cooperar con el editor, incluyendo la presentación de pruebas al editor si éste lo solicita. 

  • Cuidado de seres humanos en la investigación y consentimiento informado 

Para estudios con seres humanos, el autor debe asegurarse que el trabajo descrito se ha llevado a cabo en conformidad con el Código de Ética y Deontología del Colegio de Psicólogos del Perú y del Código de Ética de American Psychological Association. 

La investigación que involucre humanos debe ser aprobada por comités de ética reconocidos y debe cumplir con los estándares éticos y legales internacionales para la investigación. Los autores deben respetar el derecho a la privacidad de los participantes y obtener de éstos, el consentimiento informado para la investigación (Ver modelos de consentimiento informado). En cumplimento de estos deberes, en el manuscrito, los autores deben detallar los procedimientos realizados en el estudio, y explicar si alguno de estos procedimientos implican algún riesgo para los participantes y el tratamiento posterior al estudio si fuera necesario. Además, los autores deben precisar en el manuscrito que obtuvieron el consentimiento informado. 

El consentimiento informado es la manifestación de la voluntad libre y consciente válidamente emitida por una persona capaz, o por su representante autorizado, precedida de la información adecuada. Se debe obtener el consentimiento informado tanto si la participación en el estudio se da en persona, por vía electrónica u otras formas de comunicación. Este procedimiento puede ser expresado en forma escrita u oral, y se debe utilizar un lenguaje comprensible para la población objetivo. En el caso de las personas legalmente incapaces para dar su consentimiento, los investigadores procuran un acuerdo con el participante, y obtienen el permiso de una persona legalmente responsable. 

>El consentimiento informado debe contener: (1) el propósito de la investigación, la duración esperada y los procedimientos (incluye el uso de grabadoras o videograbadoras para la recolección de los datos); (2) su derecho a negarse a participar y retirarse de la investigación una vez que la participación haya comenzado; (3) las consecuencias previsibles de retirarse del estudio; (4) factores razonablemente previsibles que se pueden esperar que influyan en su disposición a participar, como riesgos potenciales, molestias o efectos adversos; (5) cualquier beneficio de investigación prospectivo; (6) límites de confidencialidad; (7) incentivos para la participación; y (8) a quién contactar para preguntas sobre la investigación y los derechos de los participantes de la investigación. 

En estudio experimentales, además, se debe informar a los participantes sobre (1) el tratamiento experimental; (2) los servicios disponibles para los grupos de control (si lo hubiera); (3) el procedimiento para asignar a los participantes al grupo experimental y grupo control; (4) alternativas de tratamiento disponibles para las personas que no desea participar en la investigación o desea retirarse una vez que un estudio ha comenzado; y (5) compensación. 

Si se ha prescindido del consentimiento informado por tratarse de un estudio que no supone daño y se protege la confidencialidad de los participantes (e. g., estudio sobre prácticas educativas regulares, métodos de enseñanza o clima en el aula, observaciones naturalistas o investigaciones de archivo, entre otros), dicha decisión debe constar en el manuscrito debidamente sustentada. 

El autor debe conservar los consentimientos informados o la evidencia que prueba que dicho procedimiento se llevó a cabo, en caso el editor lo solicite. 

  • Integridad de imagen 

Cuando los datos de una investigación se recopilan o se presentan como imágenes, no es aceptable mejorar, ocultar, mover, eliminar o introducir características específicas en dichas imágenes; la modificación de estas imágenes puede tergiversar los resultados obtenidos o su importancia. Los ajustes de brillo, contraste o balance de color son aceptables siempre y cuando no oculten o eliminen la información presente en la imagen original. Se acepta modificar las imágenes para mejorar la claridad, pero la manipulación para otros fines podría verse como una falta ética. 

Asimismo, el uso de imágenes de los participantes requiere el consentimiento informado de éstos y la aprobación de un comité de ética; información que debe constar en el manuscrito. 

Los autores deben proporcionar junto con el artículo, las imágenes originales como material complementario. 

 

2) Responsabilidad y funciones del quipo editorial 

RIDU sigue las recomendaciones de la Declaración de Helsinski sobre la protección de principios básicos. 

Responsabilidades éticas en el proceso editorial:

  • Equipo editorial: son los responsables de los procesos de publicación, aplicando los estándares éticos internacionales. Además, de velar por el cumplimiento de las normas establecidas en la revista para la revisión y publicación de los manuscritos.
  • Revisores: son los responsables de la aplicación de sistemas de evaluación en los plazos establecidos. Las observaciones deben ser pertinentes y fundamentadas sin sesgos. Si sospecha de conflicto de intereses debe informar al equipo editorial para no revisar el estudio.

 

3) Política de detección de plagio

La revista, aplica las normas éticas nacionales e internacionales en el proceso de revisión  y publicación. Por ello, sigue estándares internacionales del Comité de Ética en Publicación (Committee on Publication Ethics; COPE) y utiliza el software Turnitin para garantizar la transparencia en la información.

En caso de detección de plagio, los procedimientos seguidos se basan en la siguiente información proporcionada por el COPE, la American Psychological Association  (APA) y otras instituciones:

 

4) Políticas de sanción a conductas inadecuadas

RIDU, aplica sanciones de acuerdo a las conductas inadecuadas que incurran los autores que incluye: falsificación de datos, manipulación de datos a favor de resultados, uso indiscriminado de autocitas, autoría injustificada, otros. En caso de encontrarse cualquiera de estas malas prácticas en algún manuscrito, el comité editorial evaluará el caso y someterá a sanción de acuerdo al tipo de falta.

a) Faltas menores

Las faltas menores corresponden a una conducta inapropiada que no amerita una investigación exhaustiva, donde todas las partes involucradas tienen derecho a réplica, por ejemplo, la inclusión injustificada de autores, el abuso de autocitas, entre otras que considere el comité.

b) Faltas graves

Este tipo de faltas requieren una investigación exhaustiva que involucra a superiores y empleadores de la persona objetivamente acusada para su notificación. En caso de tener evidencia culposa, la revista puede involucrar a expertos externos (número limitado de personas a consideración del comité editorial) para el dictamen y sanción final (alteración de resultados, plagio, autoplagio, doble envío de trabajos, entre otras que considere el comité). El autor tiene derecho a apelar este dictamen.

c) Consecuencias

La revista toma la decisión sobre el tipo de sanción de acuerdo a la gravedad de la falta:

  • En el caso de faltas menores la revista enviará una notificación a los involucrados, acerca de la inconducta, para que en el futuro eviten este tipo de comportamiento.

  • En el caso de faltas graves, la revista puede enviar una carta formal a la entidad empleadora, ente de financiamiento o al superior de los involucrados, refiriendo el caso en cuestión. De acuerdo a la severidad de esta falta, la revista puede publicar una editorial sobre conductas no éticas adjuntando el nombre de las personas involucradas (el caso en concreto), remover o retractar las publicaciones de los involucrados.

  • En algunos casos, el equipo editorial puede prohibir a un autor publicar cualquier manuscrito en su revista por un período de tiempo indeterminado siendo las recomendaciones ICMJE(International Committee of Medical Journal Editors), COPE y  NLM (National Library of Medicine)

 

5) Retracciones

Los artículos publicados en RIDU podrían retractarse a lo largo del tiempo a consecuencia de sanciones por conductas inadecuadas.

Los artículos retractados en RIDU, seguirán las recomendaciones de ICMJE, COPE y NLM. Estos artículos tendrán las siguientes características:

  1. Se incluirá una nota inicial del motivo de la retractación en el artículo publicado.

  2. El artículo en PDF tendrá sello de agua en todas las hojas con el texto “retractado”.

  3. Al inicio del título se incluirá la palabra [Retractado].


6) Conflicto de intereses

Se debe incluir una declaración del conflicto de intereses, firmada por cada uno de los autores o el autor corresponsal, especificando el origen del apoyo recibido en forma de subvenciones, equipos o medicamentos de entidades comerciales, si los hubiere.

 

7) Corrección de artículos, observaciones y otros

Para la corrección y erratas de artículos publicados en RIDU, seguirán las recomendaciones de ICMJE, COPE, NLM y APA. 

La corrección y erratas de artículos en caso sea una pequeña parte del estudio (símbolos matemáticos, datos, referencias y citas) se corregirá el formato electrónico (PDF y HTML).


8) Declaración de privacidad

Los nombres y direcciones de correo introducidos en esta revista se usarán exclusivamente para los fines declarados por esta revista y no estarán disponibles para ningún otro propósito u otra persona.