Pablo Mori Bregante
Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC). Lima, Perú.
Palabras clave:
Convenio Arbitral, Proceso Arbitral, Organismo Regulador
Resumen
A partir de un caso hipotético, muy similar a uno real, en el presente artículo analizamos dos temas muy importantes en la actualidad. En primer lugar, y de manera accesoria, nos referimos a la posibilidad que tiene un organismo regulador de participar como parte –supuestamente no signataria de un convenio arbitral– en un proceso arbitral ya iniciado. Sobre el particular concluimos que esta participación no es posible en tanto se trata únicamente de un representante del Estado, mas no de una parte adicional. En segundo lugar, y de manera principal, analizamos cuál es el recurso correcto que este organismo regulador, así como cualquiera que sea o se considere parte no signataria de un convenio arbitral al amparo del artículo 14 de la actual Ley de Arbitraje tiene para cuestionar su exclusión del proceso arbitral. Sobre el particular concluimos que el único recurso para cuestionar ello es el recurso de anulación, en tanto la resolución que lo excluyó es un laudo parcial en sí mismo.